Ley 20744 ARTICULO 189
Menores de dieciséis (16) años. Prohibición de su empleo.
ARTICULO 189 - Menores de dieciséis (16) años. Prohibición de su empleo.
Queda prohibido a los empleadores ocupar personas menores de dieciséis (16) años en cualquier tipo de actividad, persiga o no fines de lucro.